Boletín Fiscal para OSC de Vanessa Rivadeneyra. Octubre 2022
Bienvenidos a esta segunda emisión de nuestro boletín, como saben, es con la intención de mantenerles actualizados e informados respecto de las principales obligaciones que aplican a las Donatarias Autorizadas.
¿Ya cumples con los avisos de prevención de Lavado de Dinero? Recuerda que las OSC están obligadas tanto a la inscripción, generación de expedientes e incluso avisos conforme a lo establecido a la Ley. Cumple en tiempo y forma, ya que las multas son millonarias, sí, así, millonarias, un ejemplo; no informar los donativos recibidos por montos mayores de $308,866.20 o cuando dicho monto se acumula en seis meses, implica una multa equivalente a diez mil y hasta sesenta y cinco mil UMAS o del 10 al 100% del valor del donativo -aplicando el monto que resulte mayor-.
¿Tienes remanente de donativos recibidos por los sismos del 2017 y te llegó un requerimiento? No olvides informar al SAT el destino otorgado al remanente, pero ahora en el mismo sistema en el que se presenta la declaración informativa de transparencia, apartado “remanente sismos ocurridos en México en el mes de septiembre de 2017”.
¿Recibes donativos en especie? Si recibes donativos en especie, debes llevar un control que permita identificar a los donantes, los bienes recibidos, los entregados o en su caso, los destruidos, así como de las cuotas de recuperación que obtengan por su enajenación. Deben ser amparados por un CFDI, dependiendo la calidad en los que te hayan sido otorgados (mercancía que perdió valor o no oneroso ni remunerativo).
¿Quieres solicitar tu autorización para recibir donativos deducibles del ISR este año? No olvides que:
La autoridad tiene 3 meses para resolver tu solicitud
En diciembre seguramente habrá periodo vacacional. ¡Si la quieres ... solicítala ya!
¿La e.firma de tu asociación está vigente? La manera de autenticarte ante el SAT para presentar solicitudes o tramites relacionados con tu autorización para recibir donativos y presentar declaraciones es a través de la e.firma.
Revisa la vigencia de tu e.firma en https://www.sat.gob.mx/tramites/operacion/19941/valida-la- vigencia-de-tu-e.firma-(antes-firma-electronica)
¿Se te pasó declarar? Para las DAs que no cumplieron en tiempo e incluso fueron multadas, hoy, 31 de octubre de 2022, es el último día para que presenten la declaración anual y la informativa de transparencia con la finalidad de no perder su autorización. Así que:
Verifica que efectivamente estén presentadas:
Para la declaración anual con RFC de la organización y contraseña en https://loginda.siat.sat.gob.mx/nidp/wsfed/ep?id=ciec&sid=0&option=credential&sid=0
Para declaración informativa de transparencia en la página pública Consulta la información proporcionada por las donatarias autorizadas respecto de la obligación de transparencia. - Otros trámites y servicios - Portal de trámites y servicios - SAT
2.¿No están presentadas?
Recuerda que puedes recibir donativos hasta que te notifiquen la pérdida de tu autorización o se emita la publicación del Anexo 14.
Presenta tus obligaciones lo más pronto posible.
No olvides que puedes recuperar tu autorización al día siguiente de su pérdida, siempre y cuando estes al corriente de tus obligaciones fiscales.
Deberás tener expediente y estatutos actualizados.
Última oportunidad Quedan 2 meses para que las donatarias autorizadas modifiquen sus cláusulas de patrimonio y liquidación conforme a reforma de la LISR.
Publicaciones Relevantes Si bien se publicó la 1ra versión anticipada de la 9na RMRMF para 2022 y su Anexo 1-A, no hay novedades particulares para las DAs.
¿Sabías que... si en tus estatutos incluyes todas las actividades autorizables, el SAT no te rechazará el trámite y te ahorrarás un gasto si en el futuro las quieres ejercer? ¡Aprovecha que debes actualizar las cláusulas de patrimonio y liquidación! Ojo, no podrás destinar gasto en ellas, sino hasta que te las autoricen.
Autora: Vanessa Rivadeneyra
correo: vrnserviciosjuridicos@gmail.com
tel: 55 34 15 72 53