- Isabel Martínez DakshinaAC
1er Informe de donativos por COVID-19

El pasado 24 de Julio de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020 y su Anexo 1. Parte de las modificaciones que se presentan es la regla 3.10.32. , la cual establece una serie de obligaciones para las donatarias autorizadas y fideicomisos que hayan recibido u otorgado donativos para mitigar y combatir la pandemia provocada por el COVID-19.
¿Qué donatarias están obligadas a informar?
Organizaciones o fideicomisos cuyo objeto social autorizado corresponda a la Asistencia médica o Rehabilitación.
Aquellas autorizadas para apoyar económicamente a otra OSC o fideicomiso autorizado.
Donatarias por Ley que, de acuerdo a su objeto social, puedan destinar los donativos que reciban para combatir y mitigar COVID-19.
¿Qué medidas operativas hay que tomar?
Emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) correspondiente a los donativos percibidos con este propósito, deberán señalar en el apartado Complemento de donatarias la leyenda: “COVID-19”.
Cancelar los CFDI´s emitidos por donativos con este propósito, que no cuenten con lo señalado y emitir nuevos que cumplan con los requisitos señalados.
Solicitar CFDI por donativos otorgados al sector salud Federal, Estatal o Municipal con la Leyenda “COVID-19” en el apartado Complemento de donatarias.
Por la compra de bienes en territorio nacional para mitigar y combatir el COVID-19, solicitar que al CFDI se anexe la “COVID-19” en el apartado descripción.
Por la compra de bienes en el extranjero, el pedimento de importación deberá señalar “COVID-19” en el apartado de observaciones.
¿Qué y cuándo informar?
1er informe: 1º Enero al 31 de enero de 2021
Tipo de donativo: En Especie / Efectivo.
Donante: Nacional / Extranjero.
Beneficiaria:
a) Donataria autorizada: Razón social.
b) Federación, Entidades Federativas, Municipios y sus organismos descentralizados que tributen conforme al Título III de la LISR.
c) Personas Físicas: nombre completo y motivo por el cual se consideró que se debía apoyar, (evidencias documentales, ejemplo: certificado de salud, identificación oficial, acta de nacimiento).
Monto del donativo: En el caso de los donativos por especie incluir la descripción del bien o bienes.
Nombre o Denominación del donante por donativos superiores a $117,229.20 (Ciento diecisiete mil doscientos veintinueve pesos 20/100 M.N.), y se cuente con la aceptación del donante, en términos de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
Destino, uso específico o manifiesto de que el destino está pendiente, (se podrán adjuntar evidencias que soporten dicho destino).
La información soporte, también deberá incorporarse como parte de la documentación que se entrega en el informe anual de transparencia.
El informe se presentará en el portal del SAT a través del sistema que se habilite para la presentación de informes de transparencia, deberás contar con la e.firma o contraseña para su presentación.
Es importante señalar que la obligación del 1er Informe de donativos por COVID-19 nace del artículo 82 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y no presentarlo, en caso de ser obligado, implica que tu organización será multada por dicha omisión.
¡Revisa los materiales de apoyo que creamos y úsalos si son de tu interés!
